Información de Bonos y Aguinaldos

Cambios en la PGU

Aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU) a $250.000.
El aumento se aplicará según un calendario por tramos de edad:

  • A partir de septiembre de 2025: beneficiará a personas de 82 años o más.
  • A partir de septiembre de 2026: beneficiará a personas de 75 años o más.
  • A partir de septiembre de 2027: beneficiará a personas de 65 años o más.

Mientras no se les aplique el aumento en cada tramo señalado, los beneficiarios de la PGU, continuarán recibiendo el monto de la pensión que les corresponda de acuerdo con la normativa vigente, previo a dicho incremento. Asimismo, se incorporan como potenciales beneficiarios para acceder al monto máximo o a una proporción de la PGU, a los beneficiarios por leyes reparatorias Valech, Rettig y exonerados, siempre que cumplan con los requisitos legales para acceder.

Beneficio por años cotizados (BAC)

A partir de enero de 2026, el beneficio será de 0,1 UF mensuales por cada año cotizado, con un tope de 25 años (2,5 UF mensuales).

Requisitos para acceder:

    • Mujeres:
      Haber cotizado 120 meses (10 años), continuos o discontinuos. Este umbral aumentará a 15 años de cotizaciones (180 meses) transcurridos 11 años desde la entrada en vigencia de la reforma.
    • Hombres:
      Haber cotizado 240 meses (20 años), continuos o discontinuos.

No recibirán el beneficio las personas que se jubilen después del año 2055.

Este beneficio no es incompatible con otros beneficios como la Pensión Garantizada Universal (PGU).

Beneficio para mujeres (CEV)

Compensación por Expectativa de Vida
Desde el 1 de enero de 2026, las mujeres que se encuentren pensionadas por vejez o invalidez a partir de los 65 años tendrán derecho a una compensación mensual en razón de mayor expectativa de vida en comparación a los hombres.

Porcentaje a recibir del beneficio según la edad de jubilación:

  • 60 Años: 5%
  • 61 Años: 15%
  • 62 Años: 25%
  • 63 Años: 50%
  • 64 Años: 75%
  • 65 Años: 100%

En el caso de pensiones por invalidez, el beneficio se entrega al 100% sin importar la edad de pensión, siempre y cuando cumplan con los requisitos básicos y no estén cubiertas por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Este beneficio no es incompatible con otros beneficios como la Pensión Garantizada Universal (PGU).

Aporte Familiar Permanente (Ex Bono Marzo)

Se paga una vez al año a las personas incluidos a los Pensionados, que al 31 de diciembre anterior, sean beneficiarias de Subsidio Familiar, Chile Solidario, el Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar), Asignación Familiar o Asignación Maternal.

A contar del 17 de febrero se podrá consultar en la página web www.aportefamiliar.cl las personas que acceden al Beneficio, donde podrán revisar día y lugar de pago ingresando el Rut y fecha de nacimiento.

Si eres Pensionado con Cuenta Rut Banco Estado y cumplas con los requisitos establecidos para este beneficio, el Instituto Previsional Social (IPS) depositará el Aporte en esa cuenta.

Bono por Hijo: para pensionadas a partir de los 65 años.

La bonificación, que se fija y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y que equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, por hijo nacido vivo, adoptado o dado en adopción.

Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).

Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.

No tienen derecho a este bono quienes reciben pensiones del Régimen Antiguo, Capredena o Dipreca.

Este Bono es irrenunciable una vez adjudicado.

Si está recibiendo Garantía Estatal, Aporte previsional Solidario de Vejez, Pensión Garantizada Universal u otro beneficio, es importante revisar los efectos previsionales que el acceso a la Bonificación por Hijo puede generar.

El trámite se puede realizar durante todo el año a través de la plataforma IPS en Línea o Chile Atiende.

Bono Invierno

Es un beneficio de $81.257. Que recibirán los pensionados junto a la pensión en el mes de mayo 2025.

Requisitos: Los pensionados deben tener 65 años cumplidos a abril 2025 y recibir una pensión inferior o igual $222.474, sin incluir el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) o Pensión Garantizada Universal (PGU), si lo hubiere.

Aguinaldo Fiestas Patrias

El Monto Base del Aguinaldo de Fiesta Patrias es de $25.280.- A eso se le suman $12.969, por cada carga familiar que esté acreditada al 31 de agosto de 2025.

Se pagará en la pensión de septiembre 2025, a los pensionados que reciben el beneficio de PGU, o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal, al 31 de agosto de 2025.

Aguinaldo Navidad

El monto Base del Aguinaldo de Navidad es de $29.055, se pagará a quienes estén pensionados al 30 de noviembre de 2025.

Se incrementará en $16.415.- por cada carga familiar acreditada.

Se pagará en la pensión de diciembre 2025, a los pensionados que reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal, al 30 de noviembre de 2025.

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