Asegura el monto adeudado en caso de fallecimiento o invalidez del deudor, pagando el capital asegurado a la entidad que otorgó el crédito.
BENEFICIOS
Elimina el riesgo de no pago ante el fallecimiento o invalidez del deudor. Libera a la familia del deudor de la responsabilidad del pago de las cuotas restantes.
COMPLEMENTOS AL SEGURO
Este seguro pagará el capital asegurado en caso de fallecimiento del trabajador titular a él o los beneficiarios designados.
REQUISITOS PARA ADQUIRIRLOS
Puede ser contratado por cualquier institución que otorgue créditos, ya sea a sus clientes (Banco, Financiera, Casa Comercial), o bien a sus trabajadores, con un mínimo de 30 asegurados.
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