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Oro APV

 

ORO APV es un seguro de vida con ahorro diseñado especialmente para quienes deseen mejorar su pensión acogiendo su ahorro a los beneficios del APV, además permite proteger a su familia frente a diversas circunstancias que puedan alterar su calidad de vida, otorgando una indemnización rápida en caso de siniestro.

El Ahorro Previsional Voluntario es un sistema de ahorro planificado, sistemático y oportuno que permite acumular voluntariamente un capital adicional al existente en la AFP, con el objetivo de aumentar el monto pensión o anticipar la edad de jubilación.

La rentabilidad de sus ahorros acumulados está asociada a una de las tres modalidades de inversión a elegir según su perfil de riesgo:

 

 

Características

      Capital Asegurado desde UF 500

      Pueden contratar éste seguro personas mayores de 20 años que estén afiliadas a una AFP o INP y que cumplan con los requisitos de asegurabilidad exigidos por la compañía.

      Trabajadores dependientes pueden destinar hasta 50 UF mensuales, o 600 UF anuales, que serán rebajadas de su base imponible.

      Trabajadores independientes pueden ahorrar hasta 8,33 UF por cada 1 UF de cotización obligatoria, con tope de 600 UF anuales.

      Se pueden realizar retiros parciales o totales en cualquier momento de la vigencia de la póliza sujetos a cobro.

 

Beneficio Tributario del Ahorro Previsional Voluntario

 

Usted puede elegir el Régimen Tributario más conveniente a su situación: 

      Régimen Tributario A

El ahorro proveniente de Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario no rebaja la base imponible al momento de efectuar el aporte.

Sin embargo, se goza de una Bonificación Fiscal Anual del 15% del monto ahorrado en DAPV con un tope de 6 UTM. Este se adicionará anualmente a su plan de ahorro y será parte de su Cuenta Individual al momento de pensionarse. Se pueden destinar hasta UF 50 mensuales o UF 600 anuales. 

      Régimen Tributario B

La principal ventaja de los planes de APV, es que rebajan las cotizaciones voluntarias directamente de la base imponible, lo que implica grandes beneficios al momento de ahorrar. Se pueden destinar hasta UF 50 mensuales o UF 600 anuales.

 

Beneficios Adicionales

      Libre de Impuesto a la herencia.

      Inembargable.

      Cobertura en todo el mundo, los 365 días del año y las 24 horas del día.

      Este seguro es indisputable, transcurrido 2 años desde la vigencia inicial o desde que se rehabilita.

      Descuento automático de prima a través de su cuenta corriente o tarjeta de crédito.

      Se puede realizar mediante Cotizaciones Voluntarias, Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario (DAPV) o Depósitos Convenidos con el empleador.

      Permite la incorporación de la Cobertura Adicional Invalidez Permanente 2/3 para ofrecer una mayor protección.

 

Exclusiones

Este seguro no cubre el riesgo de muerte si el fallecimiento del Asegurado fuere causado por:

      Suicidio, auto mutilación o autolesión, excepto si el suicidio hubiera ocurrido transcurridos dos años completos e interrumpidos desde la contratación del seguro, desde su rehabilitación o desde el aumento del capital asegurado. En este último caso el plazo se considerará sólo para el pago del incremento del capital asegurado.

      Pena de muerte o por participación en cualquier acto delictivo.

      Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas, o hechos que las leyes califican como delitos contra la ley de seguridad interior del Estado.

      Realización de una actividad o deporte riesgoso, que las partes hayan acordado excluir de la cobertura, al no aceptar el contratante un recargo al costo de cobertura del riesgo.

      Fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva.

 

De ocurrir el fallecimiento del asegurado en alguna de las circunstancias antes señaladas, se producirá el término del seguro, estando obligada la Compañía de Seguros a pagar como única indemnización, el Valor Póliza al Contratante, salvo que éste sea la misma persona que el Asegurado, en cuyo caso se pagará el Valor Póliza a los Beneficiarios.

EuroAmerica Seguros de Vida se encuentra adherida al Código de Autorregulación y Compendio de Buenas Prácticas de las Compañías de Seguros, con el fin de apoyar el desarrollo del mercado asegurador, conforme a principios de libre competencia y buena fe, entre las empresas y ésta y sus clientes. Copia de dicho Compendio se encuentra en nuestras oficinas y en www.aach.cl.
Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclarmos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en las oficinas de EuroAmerica Seguros de Vida S.A. o a través de la página web www.ddachile.cl.

 

 




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