Beneficio Tributario 57bis

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Es un mecanismo para incentivar el ahorro a mediano y largo plazo de las personas. Consiste en un crédito o baja de los impuestos que se deben pagar anualmente, equivalente al 15% del “saldo de ahorro neto positivo”, según lo indicado en el Artículo 57 bis de la Ley de Impuesto a la Renta.
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Características

Crédito directo: al Impuesto Global Complementario, es decir, el monto del beneficio se descuenta de los impuestos que debe pagar anualmente el contribuyente.

Tasa única: al 15% del Ahorro Neto Anual, éste se calcula como la diferencia entre las inversiones y retiros proporcionales. La proporcionalidad indica los meses del año que estuvo acogido al beneficio.

Tope Anual: el monto máximo de inversión anual que puede acogerse al 57 bis está limitada al menor valor entre 30% de tu renta imponible anual y 65 unidades tributarias anuales (UTA). Si excede los límites pasara al año siguiente como capital remanente.

Monto exento en caso de retiro

  • Si se mantiene por cuatro años consecutivos Saldos de Ahorro Neto Anual positivo, a partir del quinto año existe el derecho a retirar o generar Saldo de Ahorro Neto Anual negativo por un monto exento de impuesto hasta 10 UTA por año.
  • Si el retiro supera las 10 UTA se deberá pagar el 15% aplicado sobre el monto que excede las 10 UTA.



¿A quién está dirigido?

El Beneficio Tributario 57bis esta dirigido a toda persona natural que declare Impuesto Global Complementario o Impuesto Único de Segunda Categoría:


  • Profesionales independientes.
  • Pensionados.
  • Trabajadores dependientes, entre otros.

Monto exento en caso de retiro

Si se mantiene por cuatro años consecutivos Saldos de Ahorro Neto Anual positivo, a partir del quinto año existe el derecho a retirar o generar Saldo de Ahorro Neto Anual negativo por un monto exento de impuesto hasta 10 UTA por año.

Si el retiro supera las 10 UTA se deberá pagar el 15% aplicado sobre el monto que excede las 10 UTA.

Instrumentos acogidos al 57bis

Se acogen a este beneficio los siguientes instrumentos:

  • Certificados de Depósitos a Plazo.
  • Cuentas de Ahorro Bancarias.
  • Cuotas de Fondos Mutuos.
  • Cuentas de Ahorro asociadas a Seguros de Vida.
  • Cuentas de Ahorro Voluntario del Artículo 21° del D.L. N°3.500.


Productos de EuroAmerica 57bis

  • Oro 57K: Seguro de Vida que otorga protección en incentiva al ahorro a mediano y largo plazo.
  • Futuro Universitario 57K: Seguro de Vida que financia la educación universitaria o postgrado, entregando una renta anual o una indemnización única.
  • Fondos Mutuos: Cartera con 17 fondos para invertir de acuerdo al perfil de riesgo.